AUDITORÍA DE FUNDACIONES Y ASOCIACIONES

La auditoría en las fundaciones y asociaciones puede ser auditoría obligatoria en base a los límites establecidos por la normativa vigente, o bien, auditoria voluntaria con el fin de mejorar la tranparencia en la gestión de las mismas, así como, ganar fiabilidad en los estados financieros presentados por fundaciones y asociaciones. 

La normativa contable a aplicar por las fundaciones y asociaciones es el Plan General de Contabilidad, así como las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo del plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, en base a Real Decreto 1491/2011 de 24 de octubre.

Para todas las fundaciones de competencia estatal, existe obligación de auditar las cuentas anuales cuando, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias: 

      • Que el total de las partidas del activo supere los 2.400.000.- euros 
      • Que el importe neto de su volumen anual de ingresos por su actividad propia mas, en su caso, el volumen anual de ingresos de su actividad mercantil, supere los 2.400.000.- euros 
      • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50